La abogada Mónica Roa, es una de las más fuertes defensoras del derecho que tiene las mujeres a decidir sobre su cuerpo.Fotografía: Tomado de internet.
Por: Geraldkurt
En Bogotá se reunieron varias organizaciones que defienden el derecho de las mujeres a practicarse un aborto en los tres casos permitidos por la ley. Las jornadas sirvieron para evaluar los alcances y dificultades que presenta la sentencia C-355/06 de la Corte Constitucional que regula el polémico procedimiento, seis años después de haber sido aprobada.
Varias organizaciones defensoras de los derechos humanos como la Red Colombiana de Mujeres por los Derechos Sexuales y Reproductivos, la Fundación Mujer y Futuro, la Red Nacional de Mujeres, la Red de Empoderamiento de las Mujeres de Cartagena, La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, Católicas por el Derecho a Decidir, la Corporación Contigo Mujer y el Centro de Derechos Reproductivos, se reunieron para hacer un balance de los alcances y problemas que ha enfrentado la sentencia C-355/06 de la Corte Constitucional.
Con varios casos que ilustran las dificultades que tienen las mujeres para poder realizarse un aborto bajo el amparo que permite la sentencia de la Corte Constitucional, las diferentes organizaciones concluyeron que el respeto por la decisión judicial sigue siendo un problema.
La ausencia de liderazgo nacional, la falta de fortalecimiento institucional, debilidades de los operadores de justicia, la falta de capacitación y sensibilización, la estigmatización y el acoso, la falta de un cambio cultural, el indebido uso de la Objeción de Conciencia, el derecho a la información, la dificultad del acceso al tratamiento por parte de niñas y adolescentes, la falta de información, la ausencia de redes de prestadores de servicios, las restricciones al acceso a medicamentos y procedimientos y el hostigamiento a los defensores de derechos humanos son las causas de la dificultad de que se acate y aplique la sentencia.
La decisión de la Corte Constitucional le permitió a las mujeres acceder a un aborto legal en tres casos: malformación del feto, riesgo de muerte de la madre y violación.
Los casos expuestos permitieron hacer la ennumeración de causas y comprender de qué forma una decisión tan trascendental como la de la Corte Constitucional puede ser obviada, negada y violada por algunos grupos que anteponen sus intereses propios a los principios constitucionales.
geraldkurt@confidencialcolombia.com
@Gkurtsteiner

sera permitido el aborto por el sindrome de down o a que malformaciones se refiere la corte. la cual representa una de las excepciones
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“De otro lado, si es por la causal de malformación o anomalía del feto, tiene que ser algo muy grave, que implique que el niño morirá al nacer, como una cardiopatía, una hidrocefalia muy complicada o problemas por el corazón grande o pequeños”, explicó la médica.
Agregó que situaciones como síndrome de down o enanismo no se contemplan dentro del aborto despenalizado, pues allí el pequeño tiene todas las posibilidades de vivir.
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